BREVE HISTORIA DE LA EVOLUCIÓN DE LAS INSTITUCIONES ELECTORALES EN EL ESTADO DE VERACRUZ

2015

En fecha 30 de octubre, mediante Acuerdo del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, se aprueba el nuevo logotipo institucional, así como el Manual de identidad del OPLE Veracruz.

2014

Con la reforma en cita, el Instituto Electoral Veracruzano se convierte en Organismo Público Local Electoral, OPLE.

2000

El 31 de diciembre, se llevan a cabo diversas disposiciones constitucionales en material electoral, y se crea el Instituto Electoral Veracruzano.

1994

Nace el Código de Elecciones el cual define a la Comisión Estatal Electoral como un organismo público, responsable del ejercicio de la función estatal de organizar elecciones.

1988

El Gobernador Fernando Gutiérrez Barrios promulga el Código Electoral, en el cual se reitera que la Comisión es un organismo autónomo, de carácter permanente, con personalidad jurídica propia.

1979

El Gobernador Rafael Hernández Ochoa envía iniciativa y convierte a la Comisión Estatal Electoral en autónoma; le otorga además personalidad jurídica propia.

1974

Nace la Comisión Estatal Electoral, con carácter permanente, como organismo autónomo de Gobierno.

1944

Se promulga la Ley de Elecciones para los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, el cual repetía el mismo esquema de organización del proceso electoral.

1922

Se publicó en la Gaceta Oficial del Estado la Ley Electoral para la renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, siendo gobernador Adalberto Tejeda.

1918

El gobernador constitucional interino del Estado, Delfino Victoria, publicó una Ley Electoral para elegir nuevamente a diputados locales, en esta los presidentes de las casillas entregaban el paquete al secretario del Ayuntamiento.

1917

Esta se erigía en Colegio Electoral, y nombraba a dos comisiones, una realizaba el estudio y revisión de los expedientes electorales de la elección de gobernador del Estado y la otra respecto a los expedientes de la elección de procurador general y magistrados del Tribunal Superior de Justicia, y posteriormente procedía a declarar electo al candidato triunfador.

1917

Los presidentes de todas las casillas se constituían en Junta Computadora, quien hacía el recuento de votos y expedía la declaración del nuevo Ayuntamiento.

1917

Se reconocieron dos leyes, Ley Electoral del Municipio Libre (para el proceso de elección de nuevas autoridades municipales incluyendo agentes) y la Ley Electoral de Elecciones para los poderes Legislativo y Ejecutivo (para elegir diputados a la Legislatura local, Procurador de Justicia y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia).

El Ayuntamiento fungía como organismo electoral, las mesas directivas o casillas electorales, la Junta Computadora Municipal, la Junta Computadora Distrital y el Colegio Electoral.