ÓRGANO INTERNO DE CONTROL

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

Artículo 66. La función electoral en el Estado se regirá por las disposiciones siguientes:

APARTADO A. La organización, desarrollo y vigilancia de las elecciones, plebiscitos y referendos, la realizará un organismo público cuya denominación establecerá la ley y que ejercerá la autoridad electoral en el Estado conforme a la siguientes bases: (…)

d) Contará con una Contraloría General, que tendrá a su cargo con autonomía técnica y de gestión, la fiscalización de todos los ingresos y egresos del Instituto.

El titular de la Contraloría General durará seis años en el cargo; podrá ser reelecto por una sola vez y sólo podrá ser removido por el Congreso del Estado con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Estará adscrito administrativamente a la presidencia del Consejo General y mantendrá la coordinación técnica necesaria con el Órgano de Fiscalización Superior de la entidad.

CÓDIGO ELECTORAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

Artículo 126. Al Contralor General le corresponde el despacho de los asuntos siguientes:

I. Elaborar y remitir a la Junta General Ejecutiva el programa anual de actividades de la Contraloría General, para ser incluido en el programa operativo anual del Instituto Electoral Veracruzano;

II. Elaborar el proyecto de presupuesto de la Contraloría General, que se someterá a la aprobación del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano;

III. Ejecutar su programa anual de actividades y supervisar su cumplimiento;

IV. Elaborar el programa operativo de las auditorías internas, en el que se establecerán los objetivos en cada caso, así como vigilar su cumplimiento;

V. Verificar y evaluar que las áreas del Instituto Electoral Veracruzano cumplan con sus normas, objetivos y programas establecidos, y emitir las recomendaciones pertinentes, que generen la mejora continua del Instituto en eficiencia y calidad;

VI. Dar seguimiento a las recomendaciones que, como resultado de las auditorías internas, se hayan formulado a los órganos del Instituto Electoral Veracruzano;

VII. Emitir opiniones sobre el proyecto de presupuesto del Instituto Electoral Veracruzano;

VIII. Inspeccionar el correcto ejercicio del gasto y la aplicación estricta de las partidas presupuestales que lo integren, así como la administración del patrimonio del Instituto Electoral Veracruzano; y opinar sobre el ejercicio y los métodos de control utilizados en el mismo, en apego a la normativa aplicable;

IX. Participar en los actos de entrega‐recepción de los servidores públicos, de mandos medios y superiores del Instituto Electoral Veracruzano, con motivo de su separación del cargo, en términos de la normativa aplicable;

X. Participar en los procedimientos de los comités y subcomités del Instituto Electoral Veracruzano en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, enajenaciones y obra pública, vigilando que se cumplan los ordenamientos aplicables y, en su caso, designar por escrito a sus representantes;

XI. Recibir, sustanciar y resolver las inconformidades que presenten los proveedores respecto a actos o fallos en los procedimientos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, enajenaciones y obra pública;

XII. Aplicar y, en su caso, promover ante las instancias internas correspondientes, las acciones administrativas y legales que se deriven de los resultados de las auditorías;

XIII. Recibir, investigar, sustanciar y resolver las quejas y denuncias sobre hechos que se presenten en contra de los servidores públicos del Instituto Electoral Veracruzano, con motivo del incumplimiento de sus obligaciones, en términos de lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y, en su caso, proponer en el dictamen las sanciones que correspondan;

XIV. Notificar al Órgano de Fiscalización Superior del Estado las resoluciones del Consejo General, respecto de conductas u omisiones graves de los servidores públicos del Instituto, en los términos de la ley;

XV. Ejecutar las sanciones derivadas de los acuerdos que recaigan a los dictámenes presentados al Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano;

XVI. Formular los anteproyectos de los manuales de organización y procedimientos de la Contraloría General, para lo que considerará las variables de los programas operativos anuales del Instituto; y

XVII. Las demás que deriven del presente Código.

REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ

ARTÍCULO 58

1. El Órgano Interno de Control, además de las atribuciones que le confiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Viernes 11 de enero de 2019 GACETA OFICIAL Página 107 Llave, el Código, y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Veracruz, así como las demás legislaciones aplicables, tendrá las siguientes: (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

a) Emitir los acuerdos, lineamientos, y/o estatutos necesarios para el eficaz funcionamiento del área, en aplicación de su autonomía técnica y de gestión conferida por los ordenamientos aplicables; además del Código de Ética que deberán observar las servidoras y servidores públicos del OPLE, conforme a los Lineamientos del Sistema Nacional Anticorrupción y el Sistema Estatal Anticorrupción; informando al Consejo de dicha expedición; hacerlos del conocimiento de las servidoras o servidores públicos del OPLE y darles la máxima publicidad; (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

b) Presentar a la Secretaría Ejecutiva su Programa Operativo Anual a fin de ser incluido anualmente en el condensado institucional que se presente a la Junta y sea sometido a la aprobación del Consejo General; (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG245/2016) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

c) Elaborar y remitir a la Presidenta o Presidente su proyecto de presupuesto a fin de ser integrado dentro del proyecto de presupuesto que se presente a la Comisión Permanente de Administración y sea aprobado por el Consejo General; (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

d) Fijar los procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las áreas y órganos del OPLE;

e) Diseñar el Programa Anual de Trabajo de Auditoría, estableciendo el objetivo y alcance que se determine, así como vigilar su cumplimiento;

f) Verificar que el ejercicio del gasto del OPLE se realice conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y montos autorizados, así como con cargo a las partidas correspondientes y con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas conducentes;

g) Requerir a terceros, con quienes hubiere contratado bienes o servicios con el OPLE, la información relacionada con la documentación justificativa y comprobatoria respectiva, a efecto de realizar las compulsas que correspondan;

h) Formular pliegos de observaciones;

i) Presentar al Consejo General, a través de su Presidenta o Presidente el informe semestral de actividades de su gestión; (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG245/2016) (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

j) Derogado. (DEROGA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017)

k) Dar seguimiento a las recomendaciones que, como resultado de las auditorías, se hayan formulado a las áreas y órganos del OPLE;

l) Revisar la calidad de los controles administrativos para proteger el patrimonio, así como verificar que las obras, bienes adquiridos o arrendados y servicios contratados, se hayan aplicado legalmente y, en su caso, determinar las desviaciones de los mismos y las causas que les dieron origen;

m) Derogado. (DEROGA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017)

n) Evaluar el desempeño y el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en el Programa Operativo Anual;

o) Recibir, denuncias que se presenten, radicar, investigar, y en su caso calificar conductas administrativas, así como iniciar, substanciar y resolver procedimientos de responsabilidad administrativa tratándose de faltas administrativas no graves en términos de lo dispuesto por los ordenamientos aplicables, así como conocer en el ámbito de su competencia respecto a los medios de impugnación que prevé la Ley General de Responsabilidades Administrativas y aquellos que resulten aplicables. (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG245/2016) (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

p) Recibir, sustanciar, resolver y en su caso sancionar a los licitantes o proveedores que infrinjan la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado en términos de dicha normatividad; (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

q) Presenciar en calidad de testigo de asistencia los actos de rendición de cuentas de las servidoras y servidores de mandos medio y superior del OPLE así como aquéllos que por disposición expresa de la Presidenta o Presidente del consejo se ejecuten. (REFORMA. ACCUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

r) Recibir de las servidoras y servidores públicos del OPLE las declaraciones de situación patrimonial y de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal; inscribir y mantener actualizados dichos sistemas verificar derivado de investigaciones, auditoría o por selección aleatoria, las declaraciones patrimoniales que obren en los sistemas; efectuar la evolución patrimonial; solicitar aclaraciones o información a los servidores públicos; declarar cuando así proceda, dejar sin efectos el nombramiento o contrato del infractor y; en su caso, formular la denuncia al Ministerio Público, coadyuvando en tal procedimiento penal. Tratándose de formatos impresos, verificar que sean digitalizados, resguardados y registrados; (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

s) Participar, conforme a las disposiciones vigentes en los comités y subcomités, e intervenir en los actos que se deriven de los mismos;

t) Llevar a cabo la defensa jurídica en los juicios y recursos administrativos que se promuevan en contra de los actos que se emitan dentro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, en los términos que las leyes aplicables señalen; (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

u) Integrar y mantener actualizado el registro de las servidoras y servidores públicos del OPLE y participantes vinculados que hayan sido sancionados (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

v) Proponer los mecanismos de orientación y cursos de capacitación que resulten necesarios para que las servidoras y servidores públicos del OPLE cumplan adecuadamente con sus obligaciones y responsabilidades administrativas; (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

w) Asistir como invitada o invitado a las sesiones de la Junta, a invitación expresa de la Consejera o del Consejero Presidente (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

x) Verificar y evaluar que las áreas del OPLE cumplan con la normatividad aplicable y emitir las recomendaciones pertinentes, que generen la mejora continua del OPLE en eficiencia y calidad; y y) Las demás que expresamente le confieran sus reglamentos y demás legislaciones aplicables.

2. La o el Titular del Órgano Interno de Control, para el buen despacho de los asuntos de su competencia podrá auxiliarse del personal adscrito a las áreas de auditoría, investigación, substanciación y resolución. (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

3. La o el Titular del Órgano Interno de Control, designará o removerá libremente al personal adscrito a su área, respetando los derechos que les asistan como personal de la rama administrativa del OPLE; atendiendo los requerimientos y características propias de la función encomendada. (REFORMADO. ACUERDO OPLE-VER/CG-17/2016 DEL CONSEJO GENERAL DE CATORCE DE ENERO DE 2016). (REFORMA. ACUERDO OPLEV/CG284/2017) (REFORMADO. ACUERDO OPLEV/CG254/2018)

LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA RECEPCIÓN, DIGITALIZACIÓN, RESGUARDO Y REGISTRO DE LAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES QUE PRESENTEN EN FORMATOS IMPRESOS LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ. Ver mas información>>

Lineamientos De Testigo Social

ACUERDO 1/2018

LINEAMIENTOS QUE REGULAN LA PARTICIPACIÓN DE LAS Y LOS TESTIGOS SOCIALES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ Ver mas información>>

LINEAMIENTOS DE AUDITORÍA

ACUERDO 1/2016

ACUERDO DEL CONTRALOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ, POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE AUDITORÍA

CONSIDERANDO

Que los artículos 66 apartado A inciso d) de la Constitución Política para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 124 y 126 fracciones IV, V, VI, VIII, del Código número 577 Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y 58 numeral 1 inciso a) del Reglamento Interior del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, este órgano de control, cuenta con… Ver mas información>>

LINEAMIENTOS DE ENTREGA-RECEPCIÓN

ACUERDO 2/2016

ACUERDO DEL CONTRALOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ, POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE ENTREGA-RECEPCIÓN

CONSIDERANDO

Que el artículo 108 en relación con el 41 fracción V apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sienta las bases para que los servidores públicos del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (OPLEV) sean responsables y estén sujetos a las sanciones que determine la ley respecto de las responsabilidades administrativas…Ver mas información>>

LINEAMIENTOS DE RESPONSABILIDAD

Lineamiento de Responsabilidad ...Ver más información>>

2019

Código de Ética