PREGUNTAS FRECUENTES MICROSITIO CI

 

1.- ¿Para qué cargos puedo contender en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 próximo a celebrarse en el Estado de Veracruz?

Para la renovación de la Gubernatura y Diputaciones por Mayoría relativa.

2.- ¿Cuáles son los requisitos para ser Gobernador?

Para ser gobernador se requiere:

(Con fundamento en el artículo 43 de la Constitución Política del Estado de Veracruz)

I.- Ser veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos;

II.- Contar con residencia efectiva en la Entidad de cinco años inmediatos anteriores al día de la elección;

III. Tener por lo menos treinta años cumplidos al día de la elección;

IV.- No ser servidor público del Estado o de la Federación en ejercicio de autoridad. Este requisito no se exigirá al Gobernador interino ni al sustituto;

V.- No ser militar en servicio activo o con mando de fuerzas;

VI.- No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe de su ministerio conforme a lo establecido por la Constitución Federal y la ley de la materia; y

VII. Saber leer y escribir y no tener antecedentes penales por la comisión de delitos realizados con dolo, exceptuando aquellos en los que se hayan concedido los beneficios de conmutación o suspensión condicional de la sanción.

La prohibición para los servidores públicos mencionados en las fracciones IV y V, no surtirá efectos si se separan de sus cargos noventa días naturales anteriores al día de la elección, o a partir del quinto día posterior a la publicación de la convocatoria para la elección extraordinaria.

3.- ¿Cuáles son los requisitos para ser Diputado?

(Con fundamento en el artículo 22 de la Constitución Política del Estado de Veracruz)

I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos;

II.- Saber leer y escribir y; (REFORMADA; G.O. 14 DE OCTUBRE DE 2008)

III.- Residir en el distrito que corresponda o en la circunscripción del Estado, por lo menos tres años antes del día de la elección.

Artículo 23. No podrán ser diputados:

I.- El Gobernador;

II.- Los servidores públicos del Estado o de la Federación, en ejercicio de autoridad;

III.- Los ediles, los integrantes de los concejos municipales o quienes ocupen cualquier cargo en éstos, en los distritos en que ejerzan autoridad;

IV.- Los militares en servicio activo o con mando de fuerzas;

V.- Quienes pertenezcan al estado eclesiástico o sean ministros de algún culto religioso, a menos que se separen de su ministerio conforme a lo establecido en la Constitución Federal y la ley de la materia; y

VI.- Quienes tengan antecedentes penales por la comisión de delitos realizados con dolo, exceptuando aquellos en los que se hayan concedido los beneficios de conmutación o suspensión condicional de la sanción. La prohibición para los servidores públicos mencionados en las fracciones II, III y IV, no surtirá efectos si se separan de sus cargos noventa días naturales anteriores al día de la elección

4.- ¿Cómo compruebo mi residencia y en qué momento debo hacerlo?

Solicita a tu jefe de manzana o agente municipal que te expidan una constancia de residencia, la cual, deberá ir certificada por la Secretaría del Ayuntamiento. Debes entregar este documento hasta que se te ha otorgado el derecho de registrarte como Candidato Independiente.

5.- Si estoy afiliado a un partido político, ¿puedo participar como aspirante a candidato independiente?

Lamentamos decirte que no es posible, deberás deslindarte del mismo, toda vez que el artículo 278, fracción IV, inciso B del Código Electoral indica: No ser presidente del Comité Ejecutivo Nacional, Estatal, Municipal, dirigente, militante afiliado o su equivalente de un partido político, conforme a lo establecido en este Código.

6.- Si soy servidor público y quiero ser aspirante a candidato independiente ¿Me tengo que separar del cargo?

Si eres un servidor público y pretendes participar en el proceso de selección, deberás separarte de tu cargo, por lo menos cinco días antes de la presentación de tu manifestación de la intención de participar como aspirante. Con fundamento en el artículo 266 párrafo II, del Código Electoral para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

7.- ¿Establecen un mínimo de edad para poder ser aspirante?

–Tener los 18 años de edad cumplidos

–Estar inscrito en la lista nominal de electores

–Contar con la credencial para votar.

8.- Si tengo una asociación con cobertura en todo el estado, ¿puedo proponer varios candidatos? No Es una asociación civil por candidatura.

9.- ¿En qué lugar y en qué horarios entrego la manifestación de la intención? De acuerdo a lo establecido en la convocatoria:

De manera presencial. Deberán presentarla de manera directa en las oficinas del OPLE Veracruz ubicadas en Francisco Javier Clavijero No. 188
Xalapa, Ver. 91000, para lo cual deberán agendar previa cita a través del correo electrónico c.independienteoplev2023.2024@gmail.com atendiendo las siguientes consideraciones:

Las citas se solicitarán y llevarán a cabo en días lunes a domingo, en horario de 09:00 a 15:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas.

  • Deberán contar con una cuenta de correo electrónico vigente y estar pendiente de la misma, ya que ahí se notificará el día y hora de la cita.

  • El día de la cita solo podrá ingresar la o el interesado y máximo un acompañante a las oficinas del Organismo.

  • Además deberás identificarte con tu credencial para votar vigente.

  • Por último, recuerda presentarte de manera puntual en el día y en el horario establecido.

  • De manera electrónica. Se pone a disposición de la ciudadanía interesada el portal (https://remicin.oplev.org.mx/) para realizar el envío de manera electrónica de forma rápida y sencilla, así como la notificación electrónica de requerimientos y la habilitación de estrados electrónicos en el portal web https://www.oplever.org.mx, sin perjuicio del envío físico del escrito original de manifestación de intención y de la documentación anexa para su cotejo a través de servicio de paquetería o mensajería comercial, en cumplimiento al artículo 8 del Reglamento para las Candidaturas a cargos de elección popular para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, aprobado por el Consejo General del OPLE Veracruz, a las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, ubicadas en Francisco Javier Clavijero No. 188, Xalapa, Ver. 91000.

La documentación en la que se consignan firmas autógrafas deberán ser entregadas de forma presencial y con los formatos originales, sin tachaduras, enmendaduras o cualquier señal de alteración.

10.- ¿A quién le dirijo la manifestación de intención?

Debe estar dirigida al Secretario Ejecutivo del Organismo Público Local Electoral del estado de Veracruz: Mtro. Luis Fernando Reyes Rocha.

11.- ¿Qué documentos debo entregar junto con la manifestación de intención?

Los documentos se encuentran descritos en la convocatoria la cual puede consultar en el portal https://www.oplever.org.mx/candidaturas-independientes_2024/

12.- ¿Cómo obtengo los formatos?

Los formatos están publicados en el portal del Organismo Público Local Electoral de Veracruz: https://www.oplever.org.mx/candidaturas-independientes_2024/

13.- ¿En dónde tramito el RFC para la asociación civil?

En las oficinas más cercanas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

14.- ¿Puedo contender con una asociación ya constituida?

Sí, siempre y cuando su objeto social respalde la búsqueda de la candidatura independiente de que se trate. Preferentemente se recomienda que debe ser de nueva creación, el objeto social sólo debe ceñirse a la búsqueda de la candidatura por la vía independiente. En los anexos de la convocatoria se encuentra el modelo único de estatutos que deberá contener la asociación.

15.- ¿Puedo continuar con mi asociación cuando termine el proceso electoral?

NO, en relación con la normatividad aplicable, señala la finalidad y término de la Asociación.

16.- ¿Cómo debe estar conformada la asociación civil?

El aspirante a la candidatura independiente, el administrador de los recursos y el representante legal.

17.- ¿Los demás integrantes de la asociación civil deben ser originarios del estado o distrito por el cual el aspirante a la candidatura independiente pretende postularse?

No. Únicamente el aspirante y su suplente deben comprobar que son residentes del estado o distrito que corresponda.

18.- ¿A nombre de quién y en qué banco puedo aperturar las tres cuentas?

A nombre de la Asociación y en cualquier institución bancaria de tu preferencia.

19.- ¿Cuáles son los plazos para entregar la manifestación de intención?

Los plazos estarán señalados en la Convocatoria que apruebe el Consejo General.

20.- En caso de que no hayas entregado la documentación completa ¿Qué tiempo tengo para subsanar?

Sólo cuentas con 48 horas después de recibir el requerimiento respectivo, así que es muy importante que revises muy bien tus documentos para evitar caer en este supuesto. Recuerda que puedes enviarnos de manera electrónica tu manifestación de intención y sus anexos de forma sencilla y eficaz, a través del portal web.

21.- ¿Puedo contender por un partido político y al mismo tiempo ser candidato independiente?

¡NO!. Con fundamento en el artículo 281, párrafo segundo, específica que: … Los candidatos independientes que hayan sido registrados como tales, no podrán ser postulados como candidatos por un partido político o coalición en el mismo proceso electoral de que se trate.

22.- ¿Cuándo obtengo la calidad de aspirante?

Las y los ciudadanos que cumplan con los requisitos fijados en la convocatoria, obtendrán la calidad de aspirantes a una Candidatura Independiente al día siguiente de la aprobación del Acuerdo sobre la procedencia de las solicitudes de manifestación de intención.

23.- ¿En dónde puedo consultar la cantidad de apoyo ciudadano que se requiere para el registro?

Se encuentra publicado en la convocatoria emitida que se encuentra publicada en el portal del organismo.

24.- ¿Qué plazo tengo para recabar el apoyo ciudadano?

Los plazos se encuentran establecidos en la convocatoria la cual puede consultar en https://www.oplever.org.mx/candidaturas-independientes_2024/